Condenado por apropiarse de todos los ahorros de su madre que iba a ser declarada incapaz

Sucesos

www.nosolomerida.es | La Audiencia de Cantabria le impone una condena de dos años de prisión y una indemnización de 24.400 euros, el importe de lo sustraído

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un hombre a dos años de prisión y al pago de una indemnización de 24.374 euros como autor de un delito continuado de apropiación indebida, al sustraer “los ahorros de toda una vida” de su madre, de 91 años, que sufría un deterioro cognitivo y se encontraba en vías de ser declarada incapaz.

En su sentencia, el tribunal se apoya en la declaración del director de la residencia en la que vivía la mujer, en el testimonio del nieto que se encargaba de su cuidado hasta su ingreso en la citada residencia y también en las manifestaciones de un trabajador social.

Según los hechos probados, el ahora condenado se personó en el hospital en el que su madre estaba ingresada, pendiente de ser dada de alta para su posterior traslado a la residencia en la que residía. El hombre se llevó a la mujer a su domicilio en otra provincia sin comunicarlo a la residencia y a ningún familiar.

Una vez allí, “aprovechando el deterioro cognitivo que padecía su madre, la cual no quería regresar a la residencia, con intención de injusto enriquecimiento convence a su madre para que le autorice a disponer de la cuenta” de la que ella es titular.

Logrado su objetivo, el hombre realiza, a lo largo de poco más de un mes, hasta nueve reintegros y una transferencia -esta para el pago de un vehículo- apoderándose de un total de 24.374 euros.

Dos días después del último movimiento, una unidad móvil traslada a la mujer al servicio de urgencias de un hospital, “al encontrársela sola en la vía pública y desorientada, la cual refiere al personal sanitario haber sido agredida”.

Entonces, el acusado solicitó el alta de su madre y la trasladó a Santander, dejándola “abandonada” en una vivienda. Un día después, una vecina puso en conocimiento de la policía que salía un fuerte olor a gas de la vivienda donde se encontraba la mujer del ahora condenado.

El mismo año en que sucedieron los hechos, el juzgado declaró la discapacidad plena de la mujer para regir su persona y bienes, y declaró tutor a su nieto. Un año y medio después, falleció.

Su nieto, el único que se ocupaba de la mujer


Según los testimonios prestados en el juicio, el nieto de la mujer era la única persona que se ocupaba de ella. En un primer momento lo hacía personalmente ya que convivían, pero cuando ya no pudo hacerlo “por el deterioro que presentaba y porque la vivienda no presentaba condiciones” la trasladó a una residencia de mayores, a donde acudía con regularidad para visitar a su abuela.

“Por el contrario, el acusado se desentendió de su madre, no había tenido ningún contacto con ella desde hacía tiempo, ni la visitaba y ni siquiera llamaba a la residencia para preguntar cómo estaba”, señala la sentencia.

Pese a ello, estando la madre ingresada en el hospital, el hombre se presentó en el centro para llevársela a su casa, sin avisar ni a la residencia ni al nieto de la mujer.

Sobre la intención del hombre, la Audiencia considera que no se la llevó a su domicilio “para cuidarla porque no quería estar en la residencia de mayores, sino que la trasladó a su lugar de residencia con intención de injusto enriquecimiento”.

En la vista se dio lectura como prueba documental al testimonio que prestó la mujer durante la instrucción de la causa.

Entonces, la mujer manifestó que “vino su hijo y se la llevó, los primeros días todo de color de rosa, luego sola en casa, no me dejaba salir, firmé un papel para que sacara dinero para la comida, me ha dejado sin un duro”.

Condena “adecuada y proporcionada”


Por todo ello, la Audiencia de Cantabria le considera autor de un delito continuado de apropiación indebida y le condena a dos años de prisión, pena que estima “adecuada y proporcionada en atención al importe defraudado, los ahorros de toda una vida de una madre cuando tenía 91 años de edad a la que en un mes y siete días le sustrae 24.374 euros”.

También ha tenido en cuenta el tribunal “el medio comisivo empleado”, y es que “cuando ya ha conseguido su propósito, el acusado abandona a su madre, dejándola sola en la vivienda de Santander, que no reúne condiciones, sin ponerse en contacto ni avisar a ningún familiar o, en su caso, a los servicios sociales para que se pudieran hacer cargo de ella”.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.


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