La Audiencia rechaza la extradición a EEUU del expresidente de la filial de PDVSA por blanqueo y asociación criminal

Sucesos

www.nosolomerida.es | Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal explican que los hechos por los que Estados Unidos reclama la entrega también están siendo investigados en España

La Audiencia Nacional ha rechazado la extradición del expresidente de una filial de la empresa pública de petróleo venezolana PDVSA, Javier O.A., a Estados Unidos, donde se le reclama por delitos que en España constituirían organización criminal y blanqueo de capitales en relación con delito de corrupción en los negocios.

En un auto, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal explican que los hechos por los que Estados Unidos reclama la entrega de Javier O.A. también están siendo investigados en España, a lo que se une la nacionalidad española del reclamado para denegar la extradición.

La resolución recoge los hechos que constan en la documentación aportada por las autoridades norteamericanas, que detallan cómo Javier O.A., en unión con otros directivos de entidades pertenecientes a PDVSA, formaron un grupo criminal estable ubicado en Estados Unidos, dedicado a obtener sobornos de proveedores de la entidad estatal PDVSA con la finalidad de obtener fraudulentamente grandes sumas de dinero.

Las cantidades de dinero fruto de los sobornos superarían los 50 millones de dólares, que posteriormente el grupo se dedicó a blanquear a través de sociedades y cuentas bancarias de Estados Unidos y del extranjero.

El Tribunal explica que, en puridad, se trata de una situación de doble competencia jurisdiccional concurrente, puesto que los hechos delictivos investigados se iniciaron en Estados Unidos, pero se han desenvuelto, al menos parcialmente, en el extranjero y en concreto en España, donde se sigue una investigación en el juzgado central de instrucción 3 de la Audiencia Nacional.

Por ello, en virtud del principio de territorialidad y de existir encausados españoles (Javier O.A.dispone de la nacionalidad desde diciembre de 2017) procede rechazar la entrega dando preferencia a la jurisdicción española para la investigación de los hechos, incluso los que son objeto de persecución en Estados Unidos.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional informó a favor de la entrega de Javier O.A. al considerar que se cumplían todos los requisitos para su extradición y, en relación con la nacionalidad española del reclamado, señalaba que tan reciente adquisición de tal nacionalidad era fraudulenta y que tenía la finalidad de eludir la acción de la justicia norteamericana.

Por último, el tribunal destaca también en su escrito la gran disparidad de tratamiento punitivo de los delitos objeto de investigación entre el sistema penal americano y el español, en tanto que la pena posible a imponer según el derecho penal aplicable por los tribunales de los EEUU -20 años de prisión- es ostensiblemente más alta que la imponible en España.

La resolución de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal puede ser recurrida en súplica ante el Pleno de este órgano.



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