Condenan por agresión sexual a 13 años de prisión a un hombre que había cumplido ya 32 años de cárcel por una veintena de condenas por delitos similares

Sucesos

www.nosolomerida.es | La Sección Tercera impone ademas a su pareja un año de prisión por extorsionar a la víctima, discapacitada psíquica, por los hechos sucedidos en diciembre de 2017 en la pensión ovetense en la que vivían

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a 13 años de prisión a F. V. A., conocido como el violador de estilete, por agredir sexualmente el 22 de diciembre de 2017 a una joven que entonces tenía 25 años en una pensión de la calle Martínez Vigil de Oviedo en la que residían. La Sala ha condenado además a un año de prisión a la entonces pareja del hombre, también residente en el establecimiento, por extorsionar a la víctima, con una minusvalía psíquica reconocida del 65 por ciento, para conseguir que le diera dinero para posteriormente dedicarlo a la compra de distintas drogas.

Con esta sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJA, el hombre acumula 21 condenas que suman 105 años de prisión, por los que estuvo ingresado en distintos centros penitenciaros casi 32 años cumpliendo condena. El agresor, al que se le imputaron más de medio centenar de agresiones y delitos de abuso sexual entre los años ochenta y noventa del siglo pasado y en distintas comunidades autónomas, salió del Centro Penitenciario de Asturias en 2013 al beneficiarse de la conocida como doctrina Parot, que reducía los beneficios penitenciarios de determinados presos con varias condenas acumuladas.

Los magistrados de la Sección Tercera han dado veracidad a la versión de la víctima después de que esta explicase el relato de lo sucedido en su habitación en la mañana del 22 de diciembre de 2017, quien aseguró que F. V. A, se metió en su cama y la agredió sexualmente sin dar su consentimiento. En su declaración, la víctima señaló asimismo que el hombre la había amenazado y por eso no contó nada de lo sucecido hasta un mes después.

La Audiencia reconoce además la extorsión a la que fue sometida la víctima por parte de la entonces pareja del condenado quien, según su relato, la había obligado a acudir al banco en varias ocasiones en pocos días para sacar dinero de la cuenta de su abuelo y una vez que la víctima sacaba el dinero, la amenazaba y se lo quitaba, supuestamente para pagar varias drogas a la que era adicta. La Sala considera creíble este testomonio debido a las necesidades económicas de la pareja, pues ambos solamente declaraban unos ingresos de 400 euros correspondientes a una paga de la mujer, lo que unido a las adicciones de esta dan, a su juicio, credibilidad a la versión de lo manifestado por la acusación particular durante el juicio oral.

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