Estatuto de Capitalidad para Mérida

Opinión - José Luís Arellano Herrera

www.nosolomerida.es | Opinión | Jose Luis Arellano Herrera | Hace ya más de veintiocho años, es decir el 25 de Febrero de 1.983, que Su Excelencia el Jefe del Estado Español, su Majestad el Rey D. Juan Carlos I,  y el por entonces Presidente del Gobierno español Don Felipe González Márquez, rubricaban con sus respectivas firmas el Estatuto de  Autonomía  de  Extremadura, donde en su Artículo 5º, se puede leer literalmente que:

“La  SEDE  DE  LA JUNTA  y  de  la  ASAMBLEA  DE  EXTREMADURA se fijan en MÉRIDA, que  es  la  CAPITAL  DE  EXTREMADURA”.

Ese momento tan anhelado e ilusionante, esperado desde hacía ya muchísimo tiempo, con el sueño y la expectación para todo el pueblo extremeño, lo vivió de manera muy especial el pueblo emeritense.  Mérida se convertía, como por arte de magia, en la verdadera  Capital de Extremadura y el horizonte que se abría para esta ciudad, era imperecedero, inmortal y sempiterno en todos los aspectos, desde el punto de vista social, político y económico.

Mérida, casi sin darse cuenta se convirtió, por decisión democrática de todos los extremeños y extremeñas, en el único referente político de toda Extremadura.  Sin embargo, y a lo largo de estos casi treinta años  y a pesar de tan buenos presagios para todos, los/las emeritenses hemos asistido a todo lo contrario.

Hemos vivido casi un desmantelamiento industrial de primer orden, por mucho que hoy nos lo quieran pintar de verde…, y lo cierto y evidente es que seguimos siendo el centro geográfico más importante dentro de la región…; (sin industrias, eso sí) y con una Universidad pública de tercera categoría, (casi nula); un ascenso demográfico de regional preferente…; una pérdida de representatividad institucional impresionante, como en la Diputación  Provincial, en donde según parece, solo queda algún Diputado de Mérida -si es que queda-, y un largo etcétera,… para  echarnos a llorar.

Mérida, se ha convertido en una sencilla y humilde ciudad de servicios; en una ciudad de paso, en el que las inversiones por falta de terrenos industriales, debido a la especulación consentida por algunos políticos, se realiza..., en otros lugares de la comarca, que todos conocemos.

El brillante concepto de capitalidad, se ha difuminado…, se ha desvanecido…, se ha esfumado.  Extremadura en sí, es mucho más importante que Mérida; por ello su capitalidad ha de ser entendida como proyecto de una gran dimensión extremeña; como referente de una moderna Lusitania; sin posicionarse en localismos que nunca se pretendieron.

Mérida como Capital de Extremadura que es, debe tener un reconocimiento en todos los ámbitos, aunque solo sea por el rango institucional que representa.  Hay que dotar de contenido el hecho de la capitalidad. Un contenido que sea digno, modulador y catalizador de todo el territorio autonómico.

Es sumamente necesario conseguir el consenso de todas las fuerzas políticas, institucionales, de toda la sociedad extremeña para, siguiendo el ejemplo de otras capitales autonómicas como Santiago de Compostela, Toledo, Logroño, Etc..., dotar a Mérida de un Estatuto de Capitalidad, que beneficiaría no solo a Mérida, sino a toda Extremadura en su conjunto.

 

¿Pero en qué consiste un Estatuto  de  Capitalidad?.

Se trata de una ley relacionada con la prestación de los servicios públicos y con la dotación y equipamientos requeridos por la presencia en Mérida de las instituciones autonómicas.

Los emeritenses, nos sentimos humildemente orgullosos de poder representar en cierto sentido, a los extremeños. La necesidad de una representación digna y el buen servicio, al que tiene derecho la población extremeña, cuando aquí se dirige, precisan de la acción coordinadora y estable entre las administraciones autonómica y municipal, y esta ha de ser normalizada mediante un Estatuto  de  Capitalidad.

 

¿Cuáles pueden ser sus contenidos?

 

Además de los aspectos jurídicos y protocolarios, el Estatuto de Capitalidad puede regular.

1. La creación de un Consejo de la Capitalidad, con representantes de las dos administraciones, y que sería el órgano encargado de establecer las políticas que se estimen de interés para la consecución de sus objetivos.

2. El apoyo económico con que la Junta de Extremadura debe contribuir al sostenimiento de la serie de servicios que el Ayuntamiento ha de establecer por su condición de Capital y Sede de las instituciones autonómicas.  Sirva como ejemplo, el que a Mérida, por población le correspondería tener alrededor de 65 ó 70 Policías Locales y en cambio los emeritenses, mantenemos una plantilla cercana a los 125 Policías.  ¡Algo insostenible!.

3. Una gestión administrativa eficaz, moderna y coordinada.

4. Medidas que favorezcan la efectiva participación ciudadana; como los Distritos.

5. El suelo necesario para dar respuesta a la demanda de edificios de Organismos e Instituciones públicas.

6. La seguridad pública o ciudadana (visitas de personalidades, actos protocolarios oficiales, manifestaciones, etc.).

7. Las fórmulas que aseguren la prestación del transporte público.

8. Y otras normativas como las referidas a espacios públicos, protección civil, turismo, Etc…

¿Es una cuestión de ideología política?.

¡No!, en absoluto. Es una cuestión de sentido común y no de ideología política. De hecho el Estatuto  de  Capitalidad para Mérida, se reivindica desde todos los sectores políticos.

 

  • El Partido Popular lo solicitaba antes, desde la oposición, y ahora desde que preside el Gobierno Municipal.
  • Izquierda  Unida, también lleva tiempo defendiéndolo con energía.
  • Otros partidos de izquierda o de centro, como SIEX, o regionalistas, como PREX-CREX, lo han incluido en sus propuestas electorales desde siempre.
  • Y el PSOE, continuamente lo estuvo reivindicando.

 

¿Qué sucede en las demás autonomías?.

Las Capitales Autonómicas las tienen todas, menos Mérida y por supuesto las capitales de provincia lo tienen.  Las excepciones eran Santiago de Compostela y Mérida por no ser Capitales de provincia, pero Santiago ya cuenta con el Estatuto de Capitalidad, como no podía ser de otra manera.  Allí se ha impuesto la necesidad y el sentido común.

Aunque la Xunta de Galicia estuvo gobernada por el PP y el Ayuntamiento de Santiago de Compostela por el PSOE, supieron afrontar el reto sin más.  Las disposiciones del Estatuto de Capitalidad de Santiago de Compostela hacen referencia, entre otros aspectos, a:

a)      La creación del Consejo de la Capitalidad.

b)      La información a los ciudadanos a fin de asegurar la máxima participación, con un especial interés por las nuevas tecnologías.

c)       La posibilidad de presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones en las dos administraciones indistintamente.

d)      La elaboración de una Carta de Servicios, para todo y para todos.

e)      La previsión de una financiación específica en los presupuestos autonómicos, para contribuir con el Ayuntamiento a los servicios que presta a la Comunidad; así como el estudio y valoración de los costes de dichos servicios.

f)       El establecimiento de mecanismos de colaboración para la conservación del Patrimonio Histórico-Artístico de la Capital de los gallegos.

Y para terminar, después de todo lo antes dicho, yo defiendo un Estatuto  de Capitalidad que además de justo para los emeritenses, promueva el que Extremadura tenga en su Capital, una digna representación y que facilite a los extremeños el servicio que todos sin excepción merecen y convertirla en la segunda ciudad de todos los extremeños; por eso yo quiero agradecer públicamente a los cuatro representantes políticos en la Asamblea, para que los acuerdos a los que llegaron con consenso, sea una realidad el día de mi onomástica  el próximo 19 de Marzo en beneficio de todos los extremeños.

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